Si quieres pelear, que sea con las manos!: Reglamento Metropolitano de Tránsito

martes, enero 16, 2007


Reglamento Metropolitano de Tránsito


La propuesta para regir la zona metropolitana correspondiente al Distrito Federal y municipios conurbados del Estado de México bajo un mismo reglamento de tránsito se ha puesto sobre la mesa y tiene grandes posibilidades de consumarse.

Las ventajas son:

  • Desechar el nefasto reglamento del Estado de México. En este estúpido documento está reglamentado que el agente de tránsito retenga tu licencia, tarjeta de circulación o incluso una placa como garantía del pago de la infracción, en el Siglo XXI háganme el favor!

  • Dirán misa los panistas, pero al circular por del D.F. no se teme tanto a las patrullas de tránsito, pero al momento de cruzar al Estado de México se siente la tensión, ya que la policía de ésta última entidad no sé si de verdad esta muerta de hambre o qué demonios, pero prestos te detienen so cualquier pretexto estúpido y como están facultados por el genio que redactó el Art. 116 Frac. VI, para retener tus documentos, te extorsionan con todo el descaro del mundo.

  • No tienes que estudiar dos documentos. La ciudad es úna, compuesta por dos entidades, pero una. No tiene caso chutarse dos documentos y estar pendiente de que si estás aquí o estás acá para ver que se permite y que no. Ya están empezando a usar el cerebro.



Desventajas:

  • La revocación de la licencia por tres años por la acumulación de cierta cantidad de puntos. Aunque, para quien respeta el reglamento, esto ni le va ni le viene, y es una ventaja, por tantos imbéciles que no respetan la ley, la medida puede degenerar en más corrupción, sobretodo con policías tan miserables como los del Estado de México.


¿Cuál reglamento es mejor?

Vean un pequeño ejemplo del apartado de "DEL LEVANTAMIENTO DE INFRACCIONES". Luego preguntan ¿qué hizo el GDF?

En el Distrito Federal...

Artículo 56. Fracción IV.
Solicitarán al conductor la licencia de conducir y la tarjeta de circulación, documentos que serán entregados para su revisión, y devueltos en el mismo sitio inmediatamente después de que los hubiese revisado



En el Estado de México...

Artículo 116. Fracción VI.
Se retendrá la tarjeta de circulación del vehículo con el que se cometa una infracción para garantizar el pago de una sanción respectiva. A falta de este documento se podrá retener la licencia y/o permiso para conducir vehículos y la tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público y a falta de los anteriores una placa del vehículo


Si quieren encontrar más aberrantes diferencias ambos reglamentos están abajo...

Reglamento D.F.
Reglamento Edomex


Cuando salga el unificado acá lo ponemos.

4 Comments:

Anonymous Anónimo intentó decir...

Yo soy peatón de toda la vida. Ya con que no nos aplasten los automóviles es ganancia.

1:18 p.m.  
Blogger F. Fiorestano intentó decir...

Ron, gracias por acordarte del Maestro Arrigo Coen A. Fue mi profe en 3° y 4° semestre de prepa. Un ser especial. Con él aprendí mucho sobre nuestra lengua ("pos no se nota", pensarás seguro), de la manera más interesante que alguien pueda enseñar una lengua.

3:21 p.m.  
Anonymous Anónimo intentó decir...

El maestro Arrigo era un chingón. Si de verdad fue tu maestro, que envidia, me cae.

6:28 p.m.  
Blogger F. Fiorestano intentó decir...

Sí, sí, en la prepa donde estudié los últimos 2 años, lo contrataron para darnos cursos de etimologías grecolatinas. Ahí descubrí la riqueza de la lengua. Y sí, era un chingón, que incluso hasta a los más "matemáticos" del salón los hacía ceder ante las dulzuras del lenguaje.

4:38 p.m.  

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